Capitalismo en guerra: una tregua
A esta altura del siglo XXI hay consenso entre académicos y economistas -en especial de quienes debaten por fuera de la órbita de la hegemonía institucional y corporativa-, que el capitalismo vive una profunda fractura de lo que Marx denomina crisis de la “tasa de ganancia”, apuntando a que una de las características del sistema es un permanente estado de tención, “recurrencia” de conflictos estructurales que empujan a los países a entrar en disputas para regular esos fallos en el mercado. El teórico alemán señalaba que la “composición orgánica de capital”, es el proceso de sustitución de trabajadores por, por ejemplo, máquinas. Cuando la acumulación, en nuestra coyuntura histórica, de capital tecnológico, crece por sobre la mano de obra, que para Marx es la fuente que da valor, se produce una baja de rentabilidad. Consecuentemente esos fallos los estados los resuelven con violencia para volver a equilibrar los mercados.
La III Guerra del Golfo Pérsico es un enfrentamiento entre
potencias que están empujadas por la crisis de sus mercados, pero es
especialmente la manera que tiene la mayor potencia imperialista para resolver
sus tensiones internas, pero además es un momento en que los estados locales,
en este caso Israel, pretende desequilibrar el orden regional, uno en que están
los estados árabes, por un lado, y los persas, por el otro.
El 17 de junio se firmó una tregua, entre EEUU e Irán, de 60
días, el Memorando de Entendimiento (MdE), un paréntesis que podría llevar al
fin definitivo de los ataques, pero es ante todo la evidencia del fracaso de la
coalición norteamericana-israelí. Por cierto que, de acuerdo con este
resultado, para EEUU parece una derrota, pues de aquello que pudo perseguir
como objetivo al inicio de los bombardeos, invocaban tres fines: desmantelar el
programa nuclear —que Teherán define como civil—; detener su programa de
defensa misilística; y acabar con las redes de apoyo del frente de resistencia,
organizaciones proxy. De estos objetivos, y mediados de la lectura de los 14
puntos de MdE, se podría suponer que estamos igual que el 27 de febrero, un día
antes del inicio de los ataques de la coalición en contra de Irán, y de hecho
en el papel, la posición de los persas mejoró.
Si asumimos que la guerra está impulsada en lo profundo en la
crisis del capitalismo occidental, es muy probable que las beligerancias se
retomen, pues la crisis, mientras exista capitalismo como se perfila en este
siglo, está lejos de ser resuelta. Pero también hay razones locales en EEUU que
pueden explicar esta tregua de negociación de MdE: las elecciones intermedias (midterm
election) de noviembre en EEUU, comicios que elijen 435 miembros de la
Cámara de Representantes y 33 senadores del Senado, configuración que podría
dejar en minoría al oficialismo, y que de acuerdo con esa correlación de
fuerzas se podría intentar -como lo han señalado políticos y analistas-
mecanismos de destitución como un nuevo Juicio Político (impeachment) u
otro mecanismo como la Enmienda 25 -concebida para cesar el cargo por
incapacidad física o mental del Presidente.
Como sea, el futuro es incierto en muchos escenarios. Aún no
está claro el modo que abordará Israel este contexto, pensando que su apuesta
estratégica, al empujar a Trump (la sombra de los infames actos Epstein
resuenan como telón de fondo) a esta guerra, fue la eliminación de los
ayatolas, y desde ese punto avanzar en su proyecto mesiánico de “El Gran Israel”
(Eretz Israel), que también es una manera de enfrentar la crisis
capitalista, en la pretensión de conquistar territorio y mercados que abarcan
desde el río Éufrates al Nilo.
El profesor Luiz Moniz Bandeira, respecto de la geopolítica
señalaba en “El Desorden Mundial” (2022): “No hay casualidades; lo que hay son causalidades. Los
hechos ocurren por alguna causa que muchas veces se ignora… Los fenómenos
económicos, sociales y políticos, aún los más espontáneos, diseñan y responden
a transformaciones cuantitativas y cualitativas de causas múltiples y
complejas, que se entretejen y encadenan.”. Los
próximos 140 días, hasta el martes 3 de noviembre, contemplan algunos hitos:
por su puesto que la propia negociación específica de MdE, pero además los 250
años de independencia de EEUU, el 4 de julio, celebración en medio de tenciones
locales; el fin del torneo de futbol mundial, y la misma campaña que se da
entremedio de primarias y elecciones estatales.
Tampoco se debe olvidar, que existe aquella cultura de la
violencia social que cada tiempo surge, la expresión extrainstitucional siempre
es posible, como pronosticaba el académico canadiense Thomas Homer-Dixon sobre
el enfrentamiento paramilitar para la resolución del conflicto intestino del
sistema político norteamericano. En este punto, todas las opciones están
abiertas.
Memorando de Entendimiento
1. Los Estados Unidos de
América y la República Islámica de Irán, así como sus aliados en la guerra
actual, mediante la firma de este Memorando de Entendimiento (MdE), declaran el
cese inmediato y permanente de las operaciones militares en todos los frentes,
incluido el Líbano, y se comprometen a partir de ahora a no iniciar ninguna
guerra ni operación militar entre sí, a abstenerse de amenazar o utilizar la
fuerza mutuamente, y a garantizar la integridad territorial y la soberanía del
Líbano. El acuerdo definitivo confirmará el fin permanente de la guerra en
todos los frentes, incluido el Líbano, así como las demás disposiciones de este
párrafo.
2. Los Estados Unidos de
América y la República Islámica de Irán se comprometen a respetar la soberanía
y la integridad territorial de la otra parte, y a abstenerse de interferir en
los asuntos internos de la otra.
3. Los Estados Unidos de
América y la República Islámica de Irán se comprometen a negociar y alcanzar el
acuerdo definitivo en un plazo máximo de 60 días, prorrogable por mutuo
consentimiento.
4. Inmediatamente tras la
firma de este MdE, los Estados Unidos de América comenzarán a levantar el
bloqueo naval y a eliminar cualquier perturbación u obstáculo contra la
República Islámica de Irán, poniendo fin totalmente al bloqueo naval en un
plazo de 30 días. Durante este periodo, el tráfico de buques será proporcional
a los niveles de tráfico previos a la guerra que la República Islámica de Irán
esté restableciendo. Asimismo, los Estados Unidos de América se comprometen a
retirar sus fuerzas de las proximidades de la República Islámica de Irán en un
plazo de 30 días tras la firma del acuerdo definitivo.
5. Tras la firma de este MdE,
la República Islámica de Irán realizará las gestiones necesarias, empleando sus
mejores esfuerzos, para permitir el paso seguro y gratuito de buques
comerciales durante 60 días, desde el Golfo Pérsico hasta el Mar de Omán y viceversa.
El tráfico de buques comerciales comenzará de inmediato y, teniendo en cuenta
la necesidad de eliminar obstáculos técnicos y militares y de realizar labores
de desminado por parte de la República Islámica de Irán, se establecerá
plenamente en un plazo de 30 días. La República Islámica de Irán mantendrá un
diálogo con el Sultanato de Omán para definir la futura administración y los
servicios marítimos en el estrecho de Ormuz —en consulta con otros Estados
ribereños del Golfo Pérsico—, de conformidad con el derecho internacional
aplicable y los derechos soberanos de los Estados costeros del estrecho de
Ormuz.
6. Los Estados Unidos de
América se comprometen, junto con socios regionales, a elaborar un plan
definitivo y mutuamente acordado, dotado con al menos 300.000 millones de
dólares, para la reconstrucción y el desarrollo económico de la República
Islámica de Irán. El mecanismo para la implementación de este plan se
concretará como parte de un acuerdo definitivo en un plazo de 60 días. Los
Estados Unidos de América otorgarán todas las licencias, exenciones y permisos
necesarios para las transacciones financieras pertinentes.
7. Los Estados Unidos de
América se comprometen a levantar todo tipo de sanciones contra la República
Islámica de Irán —incluidas las derivadas de resoluciones del Consejo de
Seguridad de las Naciones Unidas y de la Junta de Gobernadores del OIEA, así como
todas las sanciones unilaterales de EE UU, tanto primarias como secundarias—
conforme a un calendario acordado como parte del acuerdo definitivo. La
República Islámica de Irán y los Estados Unidos de América reconocen la
importancia crítica de la cuestión del levantamiento de sanciones antes
mencionada y expresan su intención de abordar estos asuntos de inmediato en las
negociaciones, a fin de alcanzar un acuerdo mutuo al respecto.
8. La República Islámica de
Irán reafirma que no adquirirá ni desarrollará armas nucleares. Los Estados
Unidos de América y la República Islámica de Irán han acordado resolver el
destino del material enriquecido almacenado mediante un mecanismo que se acordará
mutuamente, de conformidad con el calendario mencionado en el párrafo siete,
estableciendo como metodología mínima la reducción del grado de enriquecimiento
(*down-blending*) *in situ* bajo la supervisión del OIEA. Ambas partes también
acordaron debatir la cuestión del enriquecimiento y otros asuntos mutuamente
acordados relacionados con las necesidades nucleares de la República Islámica
de Irán, basándose en un marco satisfactorio que se acordará en el acuerdo
definitivo. El acuerdo definitivo confirmará las disposiciones de este párrafo.
Los Estados Unidos de América y la República Islámica de Irán reconocen la
importancia crítica de las cuestiones nucleares antes mencionadas y expresan su
intención de abordarlas de inmediato en las negociaciones, a fin de alcanzar un
acuerdo mutuo al respecto.
9. A la espera del acuerdo
definitivo, los Estados Unidos de América y la República Islámica de Irán
acuerdan mantener el statu quo. La República Islámica de Irán
mantendrá el statu quo actual de su programa nuclear, y los
Estados Unidos de América no impondrán nuevas sanciones ni desplegarán fuerzas
adicionales en la región.
10. Los Estados Unidos de
América se comprometen a que, inmediatamente después de la firma del presente
Memorando de Entendimiento y hasta el levantamiento de las sanciones, el
Departamento del Tesoro de los EE UU emitirá exenciones para la exportación de
crudo, productos petrolíferos y derivados iraníes, así como de todos los
elementos asociados. servicios, incluyendo transacciones bancarias, seguros,
transporte, etc.
11. Estados Unidos se
compromete a poner a disposición los fondos y activos congelados o restringidos
de la República Islámica de Irán una vez implementado el Memorando de
Entendimiento. Estados Unidos y la República Islámica de Irán acordarán
mutuamente los procedimientos para la liberación de estos fondos durante las
negociaciones. Dichos fondos, ya sea que permanezcan en la cuenta original o
sean transferidos, estarán disponibles para el pago a cualquier beneficiario
final designado por el Banco Central de la República Islámica de Irán. Estados
Unidos se compromete a emitir todas las licencias y autorizaciones necesarias.
12. Estados Unidos y la
República Islámica de Irán acuerdan establecer un mecanismo ejecutivo para
supervisar la implementación exitosa de este Memorando de Entendimiento y el
cumplimiento futuro del acuerdo final.
13. Tras la firma de este
Memorando de Entendimiento y una vez iniciada la aplicación de los párrafos 1,
4, 5, 10 y 11 del mismo, y continuada la aplicación de dichas medidas, Estados
Unidos y la República Islámica de Irán iniciarán negociaciones sobre el acuerdo
final, centrándose exclusivamente en los demás párrafos.
14. El acuerdo final será
ratificado mediante una resolución vinculante del Consejo de Seguridad de las
Naciones Unidas.


